viernes, 2 de noviembre de 2018








ALCARDETEÑOS QUE EMBARCARON PARA LAS INDIAS

           
            Al poco tiempo de que Colón descubriese las Indias, numerosos españoles se trasladaron a las nuevas tierras con afán colonizador y desde allí convocaban a sus familiares para que se reuniesen con ellos.

            El paso obligado era la Casa de Contratación y el Consejo de Indias, con sede en Sevilla, y revisando sus archivos he encontrado a un puñado de alcardeteños (naturales y vecinos) que figuran en los legajos como pasajeros al Nuevo Mundo con las fechas de embarque.

            En la Sección de Contratación del Archivo General de Indias se encuentran dos series referentes a pasajeros: una llamada “Informaciones y licencias de pasajeros” y otra denominada “Libros de asientos de pasajeros”. La primera comprende las informaciones o probanzas que tenían que presentar en la Casa de Contratación todos los que querían ir a las Indias y las licencias que expedían los jueces y oficiales de la casa, ya que solo podían pasar los “cristianos viejos”, estando prohibido que embarcasen judíos, moros, conversos o juzgados por la Inquisición. De ahí que en los expedientes figuren partidas de bautismo y de matrimonio y datos biográficos y genealógicos de las personas que les acompañaban.

            La relación de estos alcardeteños en el Catálogo de Pasajeros, por orden cronológico, es la siguiente:

29-07-1510: Pedro de Molina, vecino de Villanueva de Alcardete, hijo del Comendador Pedro de Molina y de María de Villaseñor (Catálogo de Pasajeros, Volumen I, I-27, nº 95; Casa de Contratación, 5536, L1, F27).

17-02-1511: Hernando de Villanueva, hijo de Diego Martín y de Juana González, vecinos de Villanueva (Catálogo de Pasajeros, Volumen I, I-45, nº 168).

30-08-1511: Diego de Mendoza, hijo de Francisco de Mendoza y de Catalina de Mendoza, vecino de Villanueva de Alcardete, con su hermano Pedro de Mendoza, su hijo Diego de Mendoza y su criado Juan de Soria, hijo de Francisco de Soria y de María de Valladolid (Catálogo de Pasajeros, Volumen I, 1-88, nº 335; Casa de Contratación 5536, L1, F88)

19-01-1514: Francisco de Mendoza, hijo de Diego de Mendoza y de María, su mujer, vecinos de Villanueva de Alcardete (Catálogo de Pasajeros, Volumen I, I-353, nº 1660; Casa de Contratación, 5536, L1, F353).

13-08-1515: Pedro de Molina, hijo del Comendador Pedro de Molina y de Dª María de Villaseñor (Catálogo de Pasajeros, Volumen I, I-416, nº 1993).

27-08-1515: Gaspar, hijo de Jimeno de Ávila y de Isabel Verdugo, vecinos de Villanueva (Catálogo de Pasajeros, Volumen I, I-418, nº 2001).

16-02-1516: Juan Morante, hijo de Gonzalo Morante y de Sancha Vélez, vecinos de Villanueva (Catálogo de Pasajeros, Volumen I, I-427, nº 2051).

09-11-1517: Hernán Gil de Montlaegro, natural de Villanueva, hijo de Montlaegro y de Catalina Díaz, vecinos de Villanueva (Catálogo de Pasajeros, Volumen I, I-507, nº 2734).

13-02-1535: Pedro de Cardiñanos, hijo de Juan de Villanueva y de Juana Gómez, vecino de Villanueva, a Cartagena (Catálogo de Pasajeros, Volumen II, III-60, nº 52).

11-04-1535: Juan de Vitienes, hijo de Diego de Vitienes y de Inés la Truchera, natural de Villanueva de Alcardete, a Veragua, con la armada del Gobernador Felipe Gutiérrez (Catálogo de Pasajeros, Volumen II, III-196, nº 745; Casa de Contratación, 5536, L3, F196).

17-09-1538: Juan Caso, herrador, hijo de Juan Caso y de Juana Martínez, vecino de Villanueva, a México (Catálogo de Pasajeros, Volumen II, V-125v, nº 5097).

1557: Juan Bautista, natural de Villanueva, hijo de Juan Bautista y de María Pérez, soltero, a Nueva España (Catálogo de Pasajeros, Volumen III, I-220, nº 3647).

02-04-1559: El Licenciado Pablo Collado, Gobernador de Venezuela, natural de Villanueva de Alcardete, en La Mancha de Aragón, hijo de Antón Collado y de Dª María de Alarcón, a Venezuela, con su mujer María Enríquez, hija de Juan Enríquez y de Catalina Gutiérrez, y sus criados (Catálogo de Pasajeros, Volumen III, II-30v y 31, nº 4229).

14-02-1560: Lorenzo de Vallejo, vecino de Villanueva, soltero, hijo del bachiller Juan de Vallejo y de Dª Catalina Correa, a la Española y Tierra Firme (Catálogo de Pasajeros, Volumen IV, II-88, nº 440).

22-05-1565: Don Juan de Simancas Céspedes, natural de Villanueva de Alcardete, hijo del licenciado Céspedes de Oviedo y de doña Juana de Simancas, a Yucatán, como criado de don Luis de Céspedes de Oviedo (Catálogo de Pasajeros, Volumen IV, III-92v, nº 3947).

25-09-1565: El Capitán Diego Delgado, natural de Villanueva de Alcardete, hijo de Miguel Delgado y de Leonor Martínez, a Popayán (Catálogo de Pasajeros, Volumen IV, III-135, nº 4470).

25-09-1565: Matías de Vergara, natural de Villanueva de Alcardete, soltero, hijo de Martín de Vergara y de Marta de Alarcón, a Popayán, como criado del Capitán Delgado (Catálogo de Pasajeros, Volumen IV, III-135, nº 4473).

25-09-1565: Lucas Sánchez, natural de Villanueva de Alcardete, soltero, hijo de Ginés Hernández y de Valentina García, a Popayán, como criado de Diego Delgado (Catálogo de Pasajeros, Volumen IV, III-135, nº 4474).

16-01-1567: Alonso Ramírez Gasco, natural de Villanueva de Alcardete, hijo de Juan García Botija y de María Ramírez, con su criado Alonso Gasco, natural de Corral de Almaguer, soltero, hijo del Licenciado Bartolomé Gasco y de Leonor Madera, al Nuevo Reino de Granada (Catálogo de Pasajeros, Volumen V, Tomo I, III-191, nº 19 y 20).

27-02-1567: Alonso Malaver, natural de Villanueva, hijo de Alonso Malaver y de María de Bolaños, con sus hijos Catalina, Beatriz, Juan y Francisco, a Cartagena de Indias (Catálogo de Pasajeros, Volumen V, Tomo I, III–223, nº 406).

12-01-1569: Diego de Molina, natural de Villanueva de Alcardete, soltero, hijo de Juan de Molina y de Isabel de Barrientos, a Tierra Firme, como criado del Obispo Don Francisco de Abrego (Catálogo de Pasajeros, Volumen V, Tomo I, III-313v, nº 1395).

03-02-1569: Alonso de Torralba, natural de Villanueva de Alcardete, soltero, hijo de Sebastián de Torralba y de Catalina Martínez, al Perú, como criado de Pedro Martínez Ruvico (Catálogo de Pasajeros, Volumen V, Tomo I, III-344v, nº 1814).

25-10-1574: Juan Pérez de Escorza, natural de Villanueva de Alcardete, con su mujer Ana Rodríguez, natural de dicha villa, y sus hijos María, Ana, Juan y Catalina, a Nueva España (Catálogo de Pasajeros, Volumen V, Tomo I, 5222, n° 3, R4, F2v, nº 3366).

25-10-1574: Diego Sánchez, natural de Villanueva, con su mujer María del Cerro y su hijo Cristóbal, a Nueva España (Catálogo de Pasajeros, Volumen V, Tomo I, 5222, nº 3, R4, F16, nº 3582).

31-05-1577: Pedro Álvarez, natural de Villanueva, soltero, hijo de Pedro Alvarez y de Elena Hernández, a Nueva España, como criado de Diego Fernández (Catálogo de Pasajeros, Volumen V, Tomo II, I-16, nº 4608).

09-06-1577: Don Juan de Céspedes, natural de Villanueva de Alcardete, hijo del Licenciado Céspedes de Oviedo y de Dª Juana de Simancas, a la Verapaz, como Alcalde Mayor de ella (Catálogo de Pasajeros, Volumen V, Tomo II, I-22v, nº 4692).

09-06-1577: Don Francisco de Céspedes, natural de Villanueva de Alcardete, soltero, hijo del Licenciado Céspedes de Oviedo y de Dª Juana de Simancas, a Verapaz, como criado de Don Juan de Céspedes (Catálogo de Pasajeros, Volumen V, Tomo II, I-22v, nº 4693).

09-06-1577: Don Rodrigo de Céspedes, natural de Villanueva de Alcardete, soltero, hijo del Licenciado Céspedes de Oviedo y de Dª Juana de Simancas, a Guatemala (Catálogo de Pasajeros, Volumen V, Tomo II, I-22v, nº 4695).

09-06-1577: Francisco Lázaro Martínez, natural de Villanueva de Alcardete, soltero, hijo de Francisco Lázaro y de María Martínez, a Guatemala, como criado de Don Rodrigo de Céspedes (Catálogo de Pasajeros, Volumen V, Tomo II, I-22v, nº 4696).

09-06-1577: Pedro de Peñafiel, natural de Villanueva de Alcardete, hijo de Diego Peñafiel y de Beatríz Díaz, con su mujer Juana de Céspedes, hija de Alonso de Céspedes y de María Álvarez, y sus hijos Pedro y Jerónima, a Guatemala (Catálogo de Pasajeros, Volumen V, Tomo II, I-23, nº 4697).

27-05-1578: Pedro Sánchez de Corrales, natural de Villanueva de Alcardete, hijo de Esteban de Corrales y de Lucía Sánchez, con su mujer Ana García, hija de Alonso Ramírez Gasco y de Juana López de la Mota, y su hija Lucía, al Nuevo Reino de Granada (Catálogo de Pasajeros, Volumen VI, , I-70v, nº 150; Casa de Contratación, 2089, N136).

25-10-1578: Juan Bautista Clemente, natural y vecino de Villanueva de Alcardete, soltero, hijo de Juan Clemente y de Quiteria Martínez, al Nuevo Reino de Granada para vivir con su hermana Catalina Rodríguez (Catálogo de Pasajeros, Volumen VI, I-133, nº 829; Casa de Contratación, 2090, N76).

25-10-1578: Francisco Delgado, natural y vecino de Villanueva de Alcardete, soltero, hijo de Juan Delgado y de Francisca la Bellona, al Nuevo Reino de Granada para vivir con su tío Antonio Delgado (Catálogo de Pasajeros, Volumen VI, I-133, nº 830; Casa de Contratación, 2090, N72).

12-01-1579: Andrés Ramírez, hijo de Baltasar Martínez y de Francisca Ramírez, al Nuevo Reino de Granada (Casa de Contratación, 5228, N2, R7).

15-01-1579: Francisco Sánchez de Villanueva, natural y vecino de Villanueva de Alcardete, soltero, hijo de Roque de Villanueva y de Isabel Falcón, al Nuevo Reino de Granada, como criado de García de Barrionuevo (Catálogo de Pasajeros, Volumen VI, I-179, nº 1776; Casa de Contratación 5228, N1, R31).

15-01-1579: Andrés Martínez Díaz, soltero, natural de Villarejos y vecino de Villanueva de Alcardete, hijo de Andrés Martínez Carboneros y de María Díaz, al Nuevo Reino de Granada (Casa de Contratación, 5228, N1, R24).

23-01-1579: Andrés Ramírez, natural y vecino de Villanueva de Alcardete, soltero, hijo de Gaspar Ramírez y de Beatriz Sánchez, al Nuevo Reino de Granada (Catálogo de Pasajeros, Volumen VI, I-198v, nº 2088; Casa de Contratación, 5228, N1, R1).

23-01-1579: Alonso Ruiz, natural de Villanueva, soltero, hijo de Gregorio Ruiz y de Juana Robles, al Perú, como criado de Alonso Velázquez (Catálogo de Pasajeros, Volumen VI, I-199v, nº 2104).

06-03-1582: Alonso Izquierdo, natural y vecino de Villanueva de Alcardete, soltero, hijo de Bartolomé de Palencia y de Brígida Salazar, al Perú (Catálogo de Pasajeros, Volumen VI, I-368v, nº 4358).

28-12-1585: Diego de Cepeda, vecino de Villanueva de Alcardete, a Nueva España (Casa de Contratación, 1952, L3, F82v).

1586: Juan García Ramírez, vecino de Villanueva de Alcardete, hijo de Alonso Ramírez Gasco y de Juana López de la Mota, al Nuevo Reino de Granada (Casa de Contratación, 2096, N67)

1588: Dr. Martínez, médico, vecino de Villanueva de Alcardete, con su mujer Ana de la Cruz y su hija María de la Cruz, a Cartagena, para vivir con su yerno el licenciado Miguel Hidalgo de Quintanilla, natural de Corral de Almaguer (Casa de Contratación, 2097, N87).

09-01-1589: Pedro de Perea Salazar, natural de Villanueva de Alcardete, casado, hijo de Francisco de Perea y de Juana del Halcón, al Nuevo Reino de Granada (Catálogo de Pasajeros, Volumen VII, 5231, nº 1, f13v, nº 156; Casa de Contratación, 2097, N139).

11-05-1590: Salvador López, natural de Villanueva, hijo de Salvador López y de Ana Rodríguez, con su mujer Isabel de Adame y tres hijos, a Filipinas, como poblador con Diego Ronquillo (Catálogo de Pasajeros, Volumen VII, III-257, nº 251).

03-01-1592: Francisco de Bustillos, natural de Villanueva, soltero, hijo de Jerónimo de Bustillos y de María Fernández de Obregón, al Perú (Catálogo de Pasajeros, Volumen VII, III-65, nº 1054).

23-01-1592: Diego de Resa Saldaña, soltero, natural y vecino de Villanueva de Alcardete, de la Orden de Santiago, en la Provincia de Castilla, Partido de Ocaña, que había ido a vivir con su padre Diego de Resa Saldaña, natural de Hinojosos y vecino de la provincia del Perú, y volvió de su orden a llevarse a su familia; hijo de Diego de Resa Saldaña y de Agueda Martínez (La Montera), con su madre Águeda Martínez, natural de Corral de Almaguer, hija de Juan Martín Lozano de la Gracia Herrera y de Águeda Martínez La Montera, sus hermanos Lucas y Ana de Resa Saldaña, todos naturales y vecinos de Villanueva de Alcardete, y su cuñado Francisco Corralero, natural y vecino de Corral de Almaguer, hijo de Alonso Corralero y de María Fernández La Patronera, al Perú (Catálogo de Pasajeros, Volumen VII, III-84, nº 1304; Casa de Contratación, 5239, N1, R26 y 2100, N116).

1596: Diego Suárez de Carvajal, vecino de Villanueva de Alcardete, a Perú (Casa de Contratación, 2103, N42).

22-05-1598: Antonia Alonso, natural de Villanueva, soltera, hija de Martín Alonso y de Inés Dominguez, al Perú, como criada de Juan Antolín (Catálogo de Pasajeros, Volumen VII, 5255, nº 2, r17, nº 4901).

20-01-1610: Francisco de Medina Contreras, hijo de Juan de Medina Vellón y de Juana de Contreras Ortíz, con su madre, hija de Pedro de Contreras y Catalina Fernández Crespo, y su hermana Ana de Medina Contreras, todos naturales de Villanueva de Alcardete, al Nuevo Reino de Granada, para vivir con su padre Juan de Medina Vellón (Casa de Contratación, 5318, N1, R10).

25-06-1620: Juan Menéndez Marqués, capitán, gobernador de Popayán, con su hijo Pedro Menéndez, su criado Juan García Castellano, natural de Villanueva de Alcardete, hijo de Juan García Castellano y de Catalina Bustos, a Popayán (Casa de Contratación, 5374, N41).

31-01-1627: Pedro Sánchez Pradillo, natural y vecino de Villanueva de Alcardete, hijo de Pedro Sánchez Pradillo y de Isabel Muñoz, a Perú (Casa de Contratación, 5399, N54).

27-05-1722: Antonio Ruiz de Huidobro y Sarabia, ayudante mayor, alcalde mayor de San Luis de Potosí, con su hermano Bernabé y su criado Dionisio García Sepúlveda, natural y vecino de Villanueva de Alcardete, hijo de Dionisio García Sepúlveda y de María Martínez de Ontanaya, a Nueva España (Casa de Contratación, 5472, N2, R13).


Bibliografía:
Catálogo de Pasajeros a Indias durante los Siglos XVI, XVII y XVIII.
Casa de Contratación. Archivo General de Indias. Sevilla.


Luis M. Garrido.
Abogado.


lunes, 1 de octubre de 2018







ORGACEÑOS QUE EMBARCARON PARA LAS INDIAS

           
            Al poco tiempo de que Colón descubriese las Indias, numerosos españoles se trasladaron a las nuevas tierras con afán colonizador y desde allí convocaban a sus familiares para que se reuniesen con ellos.

            El paso obligado era la Casa de Contratación y el Consejo de Indias, con sede en Sevilla, y revisando sus archivos he encontrado a un puñado de orgaceños que figuran en los legajos como pasajeros al Nuevo Mundo con las fechas de embarque.

            En la Sección de Contratación del Archivo General de Indias se encuentran dos series referentes a pasajeros: una llamada “Informaciones y licencias de pasajeros” y otra denominada “Libros de asientos de pasajeros”. La primera comprende las informaciones o probanzas que tenían que presentar en la Casa de Contratación todos los que querían ir a las Indias y las licencias que expedían los jueces y oficiales de la casa, ya que solo podían pasar los “cristianos viejos”, estando prohibido que embarcasen judíos, moros, conversos o juzgados por la Inquisición. De ahí que en los expedientes figuren partidas de bautismo y de matrimonio y datos biográficos y genealógicos de las personas que les acompañaban.

            La relación de estos orgaceños en el Catálogo de Pasajeros, por orden cronológico, es la siguiente:

20-02-1535: GONZALO DÍAZ, hijo de Pero Díaz y de Catalina Gómez, vecino de Orgaz, a Veragua, en la armada del Gobernador Felipe Gutiérrez (Catálogo de Pasajeros, Volumen II, III-129, nº 84).

03-04-1535: HERNANDO DÍAZ, hijo de Juan de Toledo y de Beatriz González, vecinos de Orgaz, a Veragua, con el Gobernador Felipe Gutiérrez (Catálogo de Pasajeros, Volumen II, III-175, nº 523).

24-04-1535: ALONSO DÍAZ, hijo de Sebastían de Martín González y de María González, vecinos de Orgaz, a Nueva España (Catálogo de Pasajeros, Volumen II, III-223, nº 938).

04-07-1536: MARTÍN SÁNCHEZ, hijo de Juan Rodríguez y de Leonor Díaz, natural de Orgaz, a Nueva España (Catálogo de Pasajeros, Volumen II, IV-67v, nº 2789).

27-09-1536: MARTÍN CASTELLANO, hijo de Martín de Castellano y de María López, natural de la villa de Orgaz, a Santo Domingo (Catálogo de Pasajeros, Volumen II, VI-11v, nº 3088).

1555: JUAN FERNÁNDEZ, vecino y natural de Orgaz, hijo de Juan Fernández y de María Fernández, como criado del Dr. Bravo a Nueva España (Catálogo de Pasajeros, Volumen III, I-118 a 145, nº 2895).

15-09-1565: ANTÓN LÓPEZ, natural de Orgaz, soltero, hijo de Francisco García Nieto y de Ana López, al Perú, como criado de Diego de Escalante y su mujer (Catálogo de Pasajeros, Volumen IV, III-117v, nº 4238).

12-07-1569: FRANCISCO DE AVELLANEDA, natural de Orgaz, soltero, hijo de Alonso de Avellaneda y de Beatriz de Rojas, a Nueva España (Catálogo de Pasajeros, Volumen V, Tomo I, III-379v, nº 2253).

12-07-1578: ESTEBAN GÓMEZ, natural de Orgaz, hijo de Esteban Gómez y de Catalina López, a Nueva Galicia, como criado del doctor Juan de Pareja, oidor de la Audiencia (Catálogo de Pasajeros Volumen VI, I-122, nº 706).

28-07-1578: FRANCISCO PEDRERO, natural de Orgaz, soltero, hijo de Juan Pedrero y de Ana Cavella, a Nueva España (Catálogo de Pasajeros Volumen VI, I-131, nº 806).

21-05-1579: JUAN ROMERO, natural de Orgaz, soltero, hijo de Pedro Romero y de Juana González, a Nueva España (Catálogo de Pasajeros Volumen VI, I-265v, nº 2890).

28-06-1606: DAMIÁN RODRÍGUEZ, fraile subdiácono, natural de Orgaz, a Nueva España con fray Diego de Castro, custodio y procurador de la Orden de San Francisco, y otros frailes franciscanos (Contratación, 5293, N62).

29-08-1607: LUIS NIETO DE CASTAÑEDA, criado de Fermín de Aguirre, tesorero de la catedral de Santo Domingo, natural de Orgaz, hijo de Juan Nieto y de María Castañeda, a Santo Domingo (Contratación, 5300, N33).

27-01-1608: LUIS NIETO, natural de Orgaz, a Santo Domingo con la flota de la Nueva España a cargo del general Lope de Armendáriz (Contratación, 5302, N83).

30-05-1609: ANA NUÑEZ DE BARREDA, vecina de Orgaz, hija de Juan Ponce y Ana Nuñez, con su hijo Pedro de Lara, natural de Orgaz, hijo de Benito de Lara, ambos criados de Benito Sánchez Conde, a Nueva España (Contratación 5312, N20).

03-06-1609: MIGUEL NIETO, con su hermano ANDRÉS NIETO, natural y vecino de Orgaz, hijos de Francisco Nieto y María Fernández, a Perú (Contratación, 5309, N11).

20-10-1616: PEDRO NIETO, natural de Orgaz, hijo de Diego Nieto y de Felipa Núñez, a Tierra Firme (Contratación, 5352, N30).

15-04-1766: CASIMIRO LÓPEZ DE PEREA, paje, natural de Orgaz, hijo de Antonio López de Perea y de Mariana Fernández Aceituno, con el doctor Francisco Antonio Lorenzana, arzobispo metropolitano de México, a Veracruz (Contratación, 5509, N3, R24).


Bibliografía:
Catálogo de Pasajeros a Indias durante los Siglos XVI, XVII y XVIII.
Casa de Contratación. Archivo General de Indias. Sevilla.


Luis M. Garrido.
Abogado.




viernes, 7 de septiembre de 2018








LISTAS DE ESPERA SANITARIAS


Ya les he comentado en más ocasiones la multitud de leyes que tenemos, lo poco que duran y lo mucho que se modifican (algunas se han cambiado incluso antes de que entraran en vigor) y los pomposos nombres con que se publican, con títulos grandilocuentes, articulado impreciso y escaso resultado.

Es el caso de la LEY 24/2002 de 5 de Diciembre DE GARANTÍAS DE ATENCIÓN SANITARIA ESPECIALIZADA (DOCM nº 157 de 18-12-2002) que ha sido modificada por la LEY 3/2014 de 21 de Julio DE GARANTÍA DE LA ATENCIÓN SANITARIA Y DEL EJERCICIO DE LA LIBRE ELECCIÓN EN LAS PRESTACIONES DEL SERVICIO DE SALUD DE CASTILLA LA MANCHA (DOCM nº 142 de 25-07-2014).

En el Preámbulo o Exposición de Motivos de la Ley 24/2002 se plasman las siguientes declaraciones y principios:
La Constitución Española en su artículo 43.1 reconoce el derecho a la protección a la salud”
“El artículo 4 de la Ley 8/2000, de 30 de Noviembre, de Ordenación Sanitaria de Castilla-La Mancha dispone que el Sistema Sanitario de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha garantizará a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de la misma diversos derechos, entre ellos los siguientes: ……a la libre elección del profesional sanitario, servicio y centro……a la atención sanitaria adecuada a las necesidades individuales y colectivas……”
“El artículo 6.2 de la citada Ley 8/2000 establece que la Junta de Comunidades garantizará a la ciudadanía el pleno ejercicio del régimen de derechos y deberes recogidos en esta Ley”.
“Este hecho va a posibilitar que los problemas de salud de los ciudadanos de Castilla-La Mancha puedan ser atendidos desde la cercanía, y que se puedan incrementar los niveles de calidad y seguridad mediante la potenciación de los servicios sanitarios públicos, a través de un fuerte incremento de las inversiones, la adquisición de alta tecnología y el aumento de los profesionales sanitarios, así como la mejora e la formación de éstos”.
“Mediante la presente ley se pretende hacer efectivo el derecho a la atención sanitaria especializada cuando ésta tenga carácter programado y no urgente……No obstante, si pese a las mejoras referidas se rebasasen los tiempos máximos de respuesta en materia de atención sanitaria especializada, esta Ley establece una garantía adicional a favor de los ciudadanos para mejorar esta atención sanitaria”.

El art. 5 establece el siguiente sistema de garantías: en el caso de que se superen los tiempos establecidos en el Decreto de plazos máximos de respuesta, el hospital de referencia realizará la oferta de los centros  susceptibles de elección, de entre los pertenecientes a la red de servicios propios o vinculados con el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha que realicen dicha asistencia.

En el Preámbulo o Exposición de Motivos de la Ley 3/2014 se hace una feroz crítica a la ley anterior (no olvidemos que ha habido cambio de gobierno regional), pero se sancionan, si cabe con más ostentosidad, los mismos principios inspiradores que la anterior, a saber: el derecho a la protección a salud, la libertad de elección por parte de los usuarios del centro sanitario y de el profesional por el que quiere ser atendido y la planificación de las listas de espera.

Y así se relata con magnificencia:
“……pretendiendo, sin conseguirlo, una gestión integral de las listas de espera y una adecuada información a la ciudadanía sobre las mismas”.
“Tras más de diez años desde las transferencias sanitarias, se ha constatado la necesidad de contar con un sistema sanitario más dinámico y participativo, que de respuesta a las necesidades asistenciales cambiantes de los castellanomanchegos. En este sentido, la incorporación de innovaciones organizativas y de fórmulas que aumenten la participación de los pacientes es un imperativo para el sistema de salud de Castilla-La Mancha, que debe poner fin al inmovilismo al que ha estado sometido en legislaturas anteriores”.
“En este sentido, se ha constatado la necesidad de incluir criterios clínicos modernos que permitan ordenar de manera estable y transparente a los pacientes que están a la espera de atención especializada programada en función del grado de afectación sintomática, del pronóstico y de afectación a su calidad de vida”.

El art. 5 establece el siguiente sistema de garantías: en el caso de que se superen los plazos establecidos reglamentariamente tanto en el centro elegido por el paciente como en el centro que el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha le haya designado, el paciente podrá requerir atención sanitaria especializada en centros sanitarios relacionados jurídicamente con el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha que realicen dicha asistencia.

Por su parte, los plazos máximos de listas de espera están regulados en el DECRETO 8/2008 de 22 de Enero DE TIEMPOS MÁXIMOS DE RESPUESTA, PRESTACIONES GARANTIZADAS, TARIFAS Y ABONO POR GASTOS DE DESPLAZAMIENTO EN LA ATENCIÓN SANITARIA ESPECIALIZADA DE CASTILLA LA MANCHA (DOCM nº 19 de 25-01-2008, Corrección de errores DOCM nº 24 de 01-02-2008, que se remite al Decreto 9/2003 de 23 de Enero DOCM nº 12 de 31-01-2003) y son los siguientes:
a) intervenciones quirúrgicas garantizadas: 90 días.
b) consultas de atención especializada garantizadas: 15 días.
c) pruebas diagnósticas garantizadas: 7 días.

Seguro que Vds. conocen personas que están en LISTA DE ESPERA para ser atendidas y que han superado con creces los plazos reseñados. A título de ejemplo, los tiempos medios de espera en Castilla La Mancha publicados por el Sescam referidos al mes de Julio de 2018 son los siguientes:
-         Intervenciones quirúrgicas: no hay ninguna especialidad en que la espera sea menor de 100 días y en varias especialidades (maxilofacial, neurocirugía o traumatología) hay una espera de más de 200 días.
-         Consultad de atención especializada: varía desde 13 días en pediatría hasta 95 días en digestivo.
-         Pruebas diagnósticas: de 10 días para una tomografía hasta 82 días para una endoscopia.
        
         Por ello no tiene explicación que, con tantos derechos y garantías, las listas de espera para la asistencia sanitaria en nuestra región estén colapsadas y superen con creces los plazos máximos señalados.

         “El que vive de esperanzas, muere de sentimientos”. Franklin.


         Luis M. Garrido.
Abogado.






miércoles, 1 de agosto de 2018








MÁS RETRASO EN LOS JUZGADOS DE ORGAZ


He denunciado reiteradas veces en los últimos años la excesiva tardanza y demora y la injustificada lentitud y duración de los procedimientos, tanto civiles como penales, en los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Orgaz.

A las numerosas quejas presentadas se responde siempre lo mismo: aumento de los asuntos litigiosos, falta de medios (técnicos y humanos), falta de experiencia del personal e inestabilidad.

        Y las soluciones que se han propuesto, con carácter limitado y temporal, ha sido enviar personal de refuerzo, pero no se ha abordado la verdadera solución: la creación de un tercer Juzgado en el Partido Judicial de Orgaz, como se ha hecho en otros partidos judiciales con un ratio de asuntos similar, e incluso inferior.

        El Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha siempre responde (estereotipadamente) a las quejas presentadas por los justiciables focalizando los problemas de los Juzgados de Orgaz en:
-      Carencias estructurales.
-      Sobrecarga de trabajo.
-      Cambios de personal.
-      Insuficiencia de plantilla.
-      Personal interino.
-      Precariedad de medios.
-      Retraso difícil de recuperar.

        Pero, paradójicamente y según las estadísticas judiciales del Consejo General del Poder Judicial, los Juzgados de Orgaz tienen la mayor ratio de habitantes, pero son los menos litigiosos, los menos productivos y los que tienen más asuntos pendientes.

        Y, a pesar de que desde el año 2016 la situación ha mejorado notablemente, el Servicio de Inspección ha constatado que:
-      Se han encontrado muchos procedimientos “olvidados” que no constaban en los alardes, evidenciándose una anterior falta de control.
-      La plantilla es insuficiente y casi toda la forman interinos, haciendo falta personal con formación y experiencia.
-      Los Juzgados soportan una elevada carga de trabajo, superando con creces los indicadores de entradas de asuntos, por lo que la pendencia es elevada.
-      Las resoluciones judiciales se han incrementado sustancialmente en el año 2016, pero siguen siendo bajas.
-      La situación general de los Juzgados es bastante mala.

        Y así, siguen reproduciéndose informes del TSJCM del siguiente tenor:
-      Reducida plantilla.
-      Personal interino sin la necesaria formación.
-      Falta de preparación y experiencia.
-      Dilaciones y cifras de pendencia muy elevadas y graves.
-      Prescripción de actuaciones penales.

        Pero la solución es siempre la misma: aumento de plantilla y refuerzo de personal, sin considerar que lo más conveniente, con las cifras de asuntos y habitantes, es la creación de un nuevo juzgado mixto con personal cualificado, no el refuerzo de interinos.

        La última novedad de los Juzgados de Orgaz es que se iban a realizar obras en el Juzgado a partir del 11 de Junio de 2018 y por Providencia de 06-06-2018 se acordó la suspensión de todas las vistas y juicios.

No obstante, a fecha de 31-07-2018, las obras no han comenzado y se ignora cuándo van a comenzar (y a terminar).

A las numerosas quejas presentadas en base al art. 24 CE (derecho a un proceso sin dilaciones indebidas), art. 132 LEC (actuaciones dentro de los términos y plazos señalados) y 237 LOPJ (impulso procesal de oficio) el Consejo General del Poder Judicial ha respondido que, el 6 de Junio se comunicó el inicio de obras en las dependencias de los Juzgados de Orgaz que afectarían a la totalidad de planta baja, incluyendo la sala de vistas, lo que dio lugar a que se acordara la suspensión de las vistas y que la problemática que presenta el Juzgado es insuficiencia de plantilla, elevada carga de trabajo y retraso acumulado en la tramitación de asuntos.

Los Juicios suspendidos del mes de Junio de 2018 se han señalado para Noviembre de 2018 y Marzo de 2019.

El tiempo es justiciero y pone cada cosa en su lugar (Voltaire). 


Luis M. Garrido.
Abogado.

domingo, 1 de julio de 2018








LA OBLIGACIÓN DE IDENTIFICAR AL CONDUCTOR DE UN VEHÍCULO RESPONSABLE DE UNA INFRACCIÓN


El art. 24.2 de la Constitución Española consagra el derecho a no declarar contra uno mismo, a no confesarse culpable y a la presunción de inocencia.

Por su parte, el art. 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal dispensa de la obligación de declarar a los parientes directos del procesado (padres, hijos, cónyuge, pareja o hermanos), pero les permite hacer las manifestaciones que considere oportunas; añadiendo el 418 que ningún testigo podrá ser obligado a declarar acerca de una pregunta cuya contestación pueda perjudicar material o moralmente y de una manera directa e importante a la persona o fortuna de sus parientes directos, salvo que el delito revista suma gravedad por atentar a la seguridad del Estado.

         Sin embargo, estos principios no rigen en el ámbito administrativo, donde se tipifican como infracciones muy graves algunas conductas que, a mi entender, no deberían tener tal reproche.

Me estoy refiriendo, en concreto, a la obligación del titular de un vehículo de identificar al conductor supuestamente responsable de una infracción: si es él, está declarando contra sí mismo y se está confesando culpable; y si se trata de un familiar directo, le obligan a delatarlo.

El art. 11.c) del Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos de Motor y Seguridad Vial (RDL 6/2015) indica que el titular de un vehículo tiene la obligación de facilitar a la Administración la identificación del conductor del mismo en el momento de ser cometida una infracción, con los datos de su permiso o licencia de conducción.

El art. 77.j) tipifica el incumplimiento de esta obligación de identificar verazmente al conductor responsable de una infracción como falta muy grave y el art. 80.1.b) impone una sanción de multa del doble o del triple, según sea leve o grave o muy grave la infracción original, sin posibilidad de reducción.

Es decir, que si la infracción cometida lleva aparejada una multa de 100,00 ó 300,00 € el titular del vehículo deberá de pagar 300,00 ó 900,00 € de sanción por no identificar al conductor en el momento de la infracción; mientras que si lo identifica, dicho conductor podrá renunciar a su derecho a realizar alegaciones y abonar 50,00 ó 150,00 €, acogiéndose al pago reducido del 50%.

No me negarán que la “coacción” está muy bien planteada: o pagas el doble o el triple de la sanción, o delatas a tu cónyuge, pareja, padre, madre, hijo, hija, hermano, hermana, amigo, amiga, vecino, vecina, empleado, empleada, cliente o a quien quiera que conducía el vehículo. Pero no te preocupes que, si te chivas, ellos pueden acogerse a abonar la mitad de la sanción.

Han sido numerosos los jueces que han planteado cuestiones de inconstitucionalidad por estos motivos, pero el Tribunal Constitucional o las ha inadmitido o se ha pronunciado en el sentido de que dicha obligación de identificación es acorde con la constitución al resultar proporcionada a la finalidad perseguida.

Pero, a veces, no resulta tan sencillo, puesto que tienes que hacer de policía e indagar en tu casa, trabajo, fábrica u oficina quién era el que tal día y a tal hora conducía determinado vehículo, porque en muchas familias, y no digamos empresas, hay más de un vehículo del que se sirven varias personas indistintamente.

Imagínense a una persona titular de un vehículo, que normalmente no utiliza, que recibe en su domicilio habitual una notificación de tráfico para que identifique a un conductor y, tras indagar en su entorno familiar o profesional quién condujo dicho vehículo en tal fecha, no obtiene dicha información o le responden individualmente que él/ella no ha sido.

O también a una persona que ha ido a un Restaurante u Hotel y ha dejado su vehículo al aparcacoches, o de un usuario que ha dejado su vehículo en un taller de reparación, y le comunican que debe de identificar al conductor del vehículo por una infracción de tráfico.

La solución es, o bien asumir personal o empresarialmente la sanción, aunque el titular no haya sido, o buscar al que más puntos tiene.

Pero, imagínense también que el titular identifica al conductor y que posteriormente éste niega los hechos. ¿Qué ocurre entonces?

La respuesta nos la ha dado el Tribunal Constitucional en su Sentencia 29/2014 de 24 de Febrero. El conductor identificado que niega su participación en los hechos no es objeto de reproche y su negativa convierte en inveraz la identificación realizada por el propietario del vehículo, quien podrá ser sancionado por incumplimiento del deber de identificación.

Según esta interpretación del TC, el incumplimiento de la obligación de identificar al conductor no depende del titular del vehículo, sino de la persona identificada, ya que si ésta niega serlo el titular del vehículo se convierte en un incumplidor de la obligación de identificación y puede ser sancionado como infractor del deber legal.

De esta forma, aunque el propietario del vehículo comunique todos los datos del conductor que, supuestamente, ha cometido la infracción, puede ser sancionado si éste lo niega, ya que, si el conductor reconoce su identificación ésta es “veraz”, pero si la niega dicha identificación es “inveraz”.

Pero la Sentencia 117/2016 del TC de 20 de Junio sostiene que la mera negación del hecho de la conducción de la persona identificada, por sí sola, no es prueba bastante, a los efectos de destruir la presunción de inocencia consagrada en el art. 24 CE, de la inveracidad de la identificación, por lo que será necesario que el procedimiento sancionador se dirija contra el propietario y desarrollar en la fase instructora la identificación del conductor supuestamente responsable de la infracción, con posibilidad de aportación y práctica de las pruebas pertinentes.

     En suma, no se exige al titular del vehículo "probar la responsabilidad o culpabilidad del conductor supuestamente autor de la infracción sino que tal declaración se efectuará en su caso por la Administración, tras la conclusión del oportuno expediente sancionador en cuya tramitación el conductor podrá alegar en su descargo y proponer la práctica de cuantas pruebas considere pertinentes" (STC 187/2019).

         Es decir, que el conductor deberá probar que él no conducía dicho día y hora el vehículo.

         Y ¿cómo se prueba la identidad de un conductor cuando el titular del vehículo no lo sabe?

¿A que a Vds. también les suena a “chantaje”?

         Luis M. Garrido.
Abogado.

sábado, 9 de junio de 2018





QUINTA DEL 57


Nací en el año milésimo noningentésimo quincuagésimo séptimo (l957), bajo el signo de Géminis y, según el Horóscopo chino, en el año del Gallo de Fuego.

El 27-06-1957 salió al mercado el primer Seat 600 fabricado en Martorell (Barcelona), que costaba la friolera de 65.000 Pts. (algo menos de 400 € en la época actual), pero que entonces era toda una fortuna y había que esperar más de 10 meses para su entrega. El Seat 600 alcanzaba los 90 Km/h; aún no existían autopistas ni autovías en España y la mayoría de carreteras eran caminos asfaltados. Este vehículo supuso una auténtica revolución para la incipiente clase media española.

Ese año nacieron en España personajes famosos como Mariano Peña, José Coronado, Luis Homar, José-Luis Gil, Assumpta Serna, Nacho Duato, Miquel Barceló, Severiano Ballesteros y Gaspar Llamazares.

Y también extranjeros, como Ricardo Darín, Christopher Lambert, Joaquim de Almeida, Daniel Day- Lewis, Frances McDormand, Carole Bouquet, Melanie Griffith, Dolph Lundgren, Steve Buscemi, Gloria Estefan, Juan Luis Guerra, Carolina de Mónaco, José Sócrates (primer ministro de Portugal) y Osama Bin Laden.

En el año 1957 se estrenaron películas inolvidables como Senderos de Gloria (de Stanley Kubrick) y Duelo de Titanes (de John Sturges), ambas protagonizas por Kirk Douglas y la última por Burt Lancaster; también se estrenaron Fresas Salvajes y El Séptimo Cielo del director sueco Ingmar Bergman, las Noches de Cabilia de Federico Fellini y El Puente sobre el Rio Kwai. En España se estrenó El Último Cuplé, protagonizada por Sara Montiel, que constituyó un éxito extraordinario.

Murió Humprey Bogart, Elvis Presley sacó el disco Jailhouse Rock, Paul Anka su éxito Diana y Jerry Lee Lewis el álbum Great Balls of Fire. En España, Joselito (con 14 años) triunfaba en los cines.

El Liverpool, un grupo joven denominado The Quarriman, con Paul McCartney y John Lennon, tocaban en un local llamado The Cavern.  

Russell Kirsch inventó la primera imagen digital y Willian Higginbothan el primer videojuego; la URSS envió al espacio el primer satélite artificial llamado Sputnik 1, y después el Sputnik 2 con la perrita Laika.

El Premio Nobel de Literatura se concedió al francés Albert Camus. José Manuel Fangio fue proclamado Campeón del Mundo de Fórmula 1. El Real Madrid ganó su Primera Liga de Baloncesto y su 2ª Copa de Europa de Fútbol en el Estadio Santiago Bernabeu. Además, Alfredo DiStefano ganó el Balón de Oro. También se inauguró el Camp Nou. Jacques Anquetil fue el campeón del Tour de Francia, Jesús Loroño ganó la Vuelta a España y Gastón Nancini venció en el Giro de Italia.

En el plano internacional, se firmó el Tratado de Roma que creó la Comunidad Económica Europea (CEE), embrión de la actual Unión Europea (UE). Eisenhower inició su segundo mandato como presidente de los EEUU. Ghana y Malasia se independizaron. También se crearon la Organización de Energía Atómica (AIE) y la Organización de Estados Iberamericanos /(OEI). Y se firmó el Convenio sobre la abolición del trabajo forzado.

PD: con permiso de la autoridad y si el tiempo no lo impide, podrás jubilarte plenamente a los 66 años y 2 meses.


Luis M. Garrido.
Abogado.