DE NUEVO EL FONDO DE GARANTÍA SALARIAL
He hablado varias veces del FOGASA y de lo
que tardaba en pagar a los trabajadores, unos 6 meses en Toledo y dos años y
medio en Madrid (01-08-2014). Después maticé que Madrid tardada,
aproximadamente, 18 meses (4/08/2014). Y ahora confirmo que Toledo tarda menos
de un mes en pagar, dando ejemplo de eficiencia y celeridad.
Pero de lo que no les he hablado es de los
errores que comete la
Unidad Administrativa de Madrid en el cálculo de las
indemnizaciones.
Con fecha 23-04-2013 se presentó solicitud
de prestaciones de despido con motivo de Procedimiento Concursal. La
administración concursal había certificado una indemnización por despido del
trabajador por importe de 22.295,12 €. Y la Secretaría General
del FOGASA, a propuesta de la Unidad Administrativa de Madrid, le reconoció
6.611,42 €, sin explicar (como siempre) los cálculos y bases de dicha cuantía.
El trabajador recurrió al Juzgado de lo
Social nº 1 de Toledo y por Sentencia de 06-07-2015, dictada en el Procedimiento
1143/2014, se ha condenado al FOGASA a abonar al trabajador otros 4.274,45 €.
No es el único trabajador que ha
recurrido; hay otros en la misma situación, cuyos juicios irán saliendo
paulatinamente.
Pero ¿cómo es posible que un organismo
administrativo incurra en tan flagrante error? La respuesta que me han dado es
que, debido al cúmulo de asuntos, han externalizado el servicio.
Y Vd. se preguntará ¿a quién, en qué
concurso y con qué méritos se ha dado tal concesión?
Imagínese la respuesta.
Erramos
todos, pero cada cual a su manera (Lichtenberg).
Luis
M. Garrido.
Abogado.