viernes, 24 de julio de 2015




DE NUEVO EL FONDO DE GARANTÍA SALARIAL


     He hablado varias veces del FOGASA y de lo que tardaba en pagar a los trabajadores, unos 6 meses en Toledo y dos años y medio en Madrid (01-08-2014). Después maticé que Madrid tardada, aproximadamente, 18 meses (4/08/2014). Y ahora confirmo que Toledo tarda menos de un mes en pagar, dando ejemplo de eficiencia y celeridad.

     Pero de lo que no les he hablado es de los errores que comete la Unidad Administrativa de Madrid en el cálculo de las indemnizaciones.

     Con fecha 23-04-2013 se presentó solicitud de prestaciones de despido con motivo de Procedimiento Concursal. La administración concursal había certificado una indemnización por despido del trabajador por importe de 22.295,12 €. Y la Secretaría General del FOGASA, a propuesta de la Unidad Administrativa de Madrid, le reconoció 6.611,42 €, sin explicar (como siempre) los cálculos y bases de dicha cuantía.

     El trabajador recurrió al Juzgado de lo Social nº 1 de Toledo y por Sentencia de 06-07-2015, dictada en el Procedimiento 1143/2014, se ha condenado al FOGASA a abonar al trabajador otros 4.274,45 €.

    No es el único trabajador que ha recurrido; hay otros en la misma situación, cuyos juicios irán saliendo paulatinamente.

     Pero ¿cómo es posible que un organismo administrativo incurra en tan flagrante error? La respuesta que me han dado es que, debido al cúmulo de asuntos, han externalizado el servicio.

    Y Vd. se preguntará ¿a quién, en qué concurso y con qué méritos se ha dado tal concesión?

     Imagínese la respuesta.

     Erramos todos, pero cada cual a su manera (Lichtenberg).


         Luis M. Garrido.

Abogado.