IGUALDAD Y DISCRIMINACIÓN
La palabra
igualdad (del latín
aequalitas,-atis) significa conformidad de una cosa con otra en naturaleza,
forma, cantidad o calidad, pero su significado político se debe a la Revolución Francesa.
Egalité fue una de las tres
divisas revolucionarias del nuevo régimen para abolir los privilegios de las
clases más pudientes (nobleza y clero) y para considerar a todos los ciudadanos
iguales ante la ley.
La igualdad
de oportunidades es una idea de justicia social que propugna que un
sistema es socialmente justo cuando todas las personas tienen las mismas
posibilidades de acceder al bienestar social y poseen los mismos derechos
políticos y civiles.
La igualdad de resultados va más allá
y pretende, no solo la igualdad de condiciones en la participación, sino en el
alcance efectivo de una sociedad más justa.
Ambos
conceptos están estrechamente relacionados con los conceptos de libertad negativa y libertad positiva, existiendo
una correlación en la preferencia por una u otra según el espectro político
(derecha-izquierda).
Las
consecuencias legales y políticas de esta dicotomía se relacionan con la
actuación que desempeñe el Gobierno. La igualdad de oportunidades consiste en la
no intervención del gobierno y reducir su papel a garantizar la "libertad
negativa" (libertad de expresión, libertad religiosa, libertad de empresa,
etc.), mientras que la igualdad de resultados requiere la intervención del
gobierno mediante la adopción de políticas activas y ejecución de programas específicos
para lograr el bienestar de los más desfavorecidos (ayudas y subsidios, impuestos
progresivos, reparto equitativo de la riqueza, etc.)
La discriminación (del
latín discriminatio,-onis) es toda acción u omisión realizada por
personas, grupos o instituciones, que produce y reproduce desigualdades en el
acceso a recursos y oportunidades (como la salud, la alimentación, la educación
o el empleo) en favor o en contra de un grupo social y sus miembros, con base
en la pertenencia a una determinada categoría social en lugar de las cualidades
o méritos individuales.
La discriminación negativa es un trato
diferente y perjudicial que se da a una persona como manifestación de actitudes
despectivas e injustificadas, basadas en motivos de raza, sexo, ideas políticas,
religión, etc. No hace falta que una persona sea dañada para ser discriminada,
basta con que sea tratada peor que otros por razones arbitrarias. La mayoría de
los discriminados son individuos pertenecientes a las denominadas “minorías”.
Esta discriminación
negativa puede ser directa (tratar de manera menos
favorable a una persona que a otra en situación análoga o similar por razón de
una causa de discriminación) o indirecta (cuando
una disposición legal o contractual, aparentemente neutros, pueda ocasionar una
desventaja particular a una persona respecto de otras por razón de una causa de
discriminación, siempre que la diferencia de trato no responda objetivamente a
una finalidad legítima y que los medios para la consecución de este objetivo
sean adecuados, necesarios y proporcionados).
Para paliar
las causas de discriminación negativa y defender a las “minorías” se utiliza la
discriminación positiva o inversa. Ejemplos
de esta política son: bonificaciones a empresas para la contratación de
personas con discapacidad, plazas de empleo público, exenciones de impuestos,
cupos de puestos en cargos públicos o privados para mujeres, aparcamientos y
accesos para personas con falta de movilidad, ayudas y becas para grupos
étnicos o sociales, etc.
“La ley social puede
conceder a todos los hombres los mismos derechos; la naturaleza no los dotará
jamás de iguales facultades” (Napoleón).
Luis M. Garrido.
Abogado.