miércoles, 3 de enero de 2018






IGUALDAD Y DISCRIMINACIÓN


         La palabra igualdad (del latín aequalitas,-atis) significa conformidad de una cosa con otra en naturaleza, forma, cantidad o calidad, pero su significado político se debe a la Revolución Francesa.
         Egalité fue una de las tres divisas revolucionarias del nuevo régimen para abolir los privilegios de las clases más pudientes (nobleza y clero) y para considerar a todos los ciudadanos iguales ante la ley.
         La igualdad de oportunidades es una idea de justicia social que propugna que un sistema es socialmente justo cuando todas las personas tienen las mismas posibilidades de acceder al bienestar social y poseen los mismos derechos políticos y civiles.
       La igualdad de resultados va más allá y pretende, no solo la igualdad de condiciones en la participación, sino en el alcance efectivo de una sociedad más justa.
         Ambos conceptos están estrechamente relacionados con los conceptos de libertad negativa y libertad positiva, existiendo una correlación en la preferencia por una u otra según el espectro político (derecha-izquierda).
         Las consecuencias legales y políticas de esta dicotomía se relacionan con la actuación que desempeñe el Gobierno. La igualdad de oportunidades consiste en la no intervención del gobierno y reducir su papel a garantizar la "libertad negativa" (libertad de expresión, libertad religiosa, libertad de empresa, etc.), mientras que la igualdad de resultados requiere la intervención del gobierno mediante la adopción de políticas activas y ejecución de programas específicos para lograr el bienestar de los más desfavorecidos (ayudas y subsidios, impuestos progresivos, reparto equitativo de la riqueza, etc.)
         La discriminación (del latín discriminatio,-onis) es toda acción u omisión realizada por personas, grupos o instituciones, que produce y reproduce desigualdades en el acceso a recursos y oportunidades (como la salud, la alimentación, la educación o el empleo) en favor o en contra de un grupo social y sus miembros, con base en la pertenencia a una determinada categoría social en lugar de las cualidades o méritos individuales.
         La discriminación negativa es un trato diferente y perjudicial que se da a una persona como manifestación de actitudes despectivas e injustificadas, basadas en motivos de raza, sexo, ideas políticas, religión, etc. No hace falta que una persona sea dañada para ser discriminada, basta con que sea tratada peor que otros por razones arbitrarias. La mayoría de los discriminados son individuos pertenecientes a las denominadas “minorías”.
         Esta discriminación negativa puede ser directa (tratar de manera menos favorable a una persona que a otra en situación análoga o similar por razón de una causa de discriminación) o indirecta (cuando una disposición legal o contractual, aparentemente neutros, pueda ocasionar una desventaja particular a una persona respecto de otras por razón de una causa de discriminación, siempre que la diferencia de trato no responda objetivamente a una finalidad legítima y que los medios para la consecución de este objetivo sean adecuados, necesarios y proporcionados).
         Para paliar las causas de discriminación negativa y defender a las “minorías” se utiliza la discriminación positiva o inversa. Ejemplos de esta política son: bonificaciones a empresas para la contratación de personas con discapacidad, plazas de empleo público, exenciones de impuestos, cupos de puestos en cargos públicos o privados para mujeres, aparcamientos y accesos para personas con falta de movilidad, ayudas y becas para grupos étnicos o sociales, etc.

         “La ley social puede conceder a todos los hombres los mismos derechos; la naturaleza no los dotará jamás de iguales facultades” (Napoleón).


         Luis M. Garrido.
Abogado.