CAYA AFRANIA
Hay un personaje histórico que me llamó la
atención cuando conocí su existencia hace ya bastantes años. Se trata de CAYA AFRANIA, también conocida por Gaya
Afrania o Carfania, que murió en al año 49 a .c. y, por lo tanto, vivió en la época de
Julio César.
Se cree que era hermana de Lucio Afranio
Nepote, cónsul en el año 60 a .c.,
partidario de Pompeyo en su enfrentamiento con Julio César y que fue asesinado
en el año 46 a .c.
Casada con el senador Lucio Bución,
también llamado Licinio Buccio, está considerada como la primera Abogada de la
historia, ya que, aunque otras mujeres romanas habían participado con
anterioridad en el foro, sólo defendieron causas propias o excepcionales,
mientras que Caya Afrania defendió
intereses de terceros.
Así, Amasia
Santia se defendió a sí misma en el año 77 a .c. siendo absuelta,
aunque la calificaron de “androgynes” (aspecto
de mujer y gestos varoniles). Y Hortensia,
hija de Quinto Hortensio, calificado como “el
rey de los Tribunales” por Cicerón, defendió a las damas romanas en el año 42 a .c. ante un impuesto
abusivo que los triunviros Octavio, Marco Antonio y Lépido, en guerra civil
contra los asesinos de Julio César, Bruto y Casio, querían imponer a las 1.400
mujeres más ricas de Roma para sufragar los gastos de la contienda.
Caya
Afrania, además de sus
estudios jurídicos, tenía gran facilidad de expresión y mucha vehemencia,
atacando a sus adversarios con agresividad y encarándose con los jueces hasta
tal punto que el historiador Valerio Máximo dice de ella que era una “desvergonzada”.
Sus
impertinencias e intemperancias dieron motivo a que un pretor promulgase un
edicto por el que se prohibió a todas las mujeres el ejercicio de la Abogacía , excepto que se
defendieran a sí mismas en sus propias causas.
La prohibición del ejercicio de la Abogacía a todas las
mujeres para los asuntos ajenos pasó de los textos de Ulpiano al Digesto de
Justiniano y se reprodujo en nuestro Derecho a través de las Siete Partidas de
Alfonso X El Sabio; prohibición que se mantuvo hasta bien entrado el siglo XX.
No se sabe con exactitud qué suceso en
concreto dio lugar al edicto de prohibición y qué pretor lo emitió, pero fue
tal su influencia que los romanos llamaron después “afraniae” a las mujeres que se distinguían por su desenvoltura y
locuacidad.
El hecho de que se prohibiese la defensa
de intereses ajenos a todas las mujeres, las referencias despectivas que los
historiadores nos han transmitido de Caya Afrania y la situación política de la
república romana en aquellos tiempos convulsos de guerras civiles y
enfrentamientos entre los partidarios del senado republicano y los de los
triunviratos y dictadores nos inducen a pensar que dicha prohibición tiene unas
causas más generales y encubiertas que los encendidos alegatos y la irrespetuosidad,
e incluso temeridad, que pudiera haber usado o cometido Caya Afrania.
En todo caso, se le debería de haber
sancionado o reprendido a ella personalmente, y no imponer una injusta prohibición
al resto de mujeres, como si se tratara de otro “pecado original”.
Luis
M. Garrido.
Abogado.
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