lunes, 15 de septiembre de 2014

VAMOS A CONTAR MENTIRAS:
LA FALTA DE MEDIOS Y EL DESAHUCIO EXPRÉS.


Tenemos unas leyes tan elaboradas, tan precisas y tan duraderas que la Admón. de Justicia bate todos los días marcas en cuanto a eficiencia y calidad. Pero casi siempre se achaca a la falta de medios.

Personalmente discrepo de ese diagnóstico y no comparto que falten medios, porque ¿a qué clase de medios nos estamos refiriendo? Puedo comprender que se refieran a medios tecnológicos, aunque he visto en los Juzgados cambiar constantemente de ordenadores. Pero un ordenador es solo una carcasa; lo que hace falta es un buen programa y un eficaz soporte informático, y sobre todo personal que sepa manejarlo. Y ese es el meollo del problema.

Con la implantación de las Agrupaciones de Juzgados de Paz en las comarcas rurales, la mayoría (por no decir todos) los oficiales y la mayor parte de los administrativos que prestaban servicios en los Juzgados de Primera Instancia y de Instrucción, con sobrada y reconocida experiencia, se acogieron a las plantillas de dichas agrupaciones dejando a los anteriores Juzgados huérfanos de personal con experiencia, y siendo sustituidos por  nuevo personal sin experiencia y por interinos.

Y así, mientras los experimentados en la tramitación de procesos civiles y en la instrucción de causas penales bostezan y languidecen firmando partidas de nacimiento, de matrimonio y de defunción en los pueblos, se sobresaltan con algún Acto de Conciliación o Juicio de Faltas entre vecinos por lindes, medianerías o algún insulto, y se limitan a notificar diligencias, los no experimentados tienen que tramitar y asumir juicios rápidos y todo tipo de causas, civiles y penales, coincidiendo al mismo tiempo con jueces y secretarios que comienzan a ejercer su oficio en su primer destino.  

Podría hablarles de la Bolsa de Trabajo, donde se apuntan personas de diversos oficios y que son enviados a los Juzgados de Primera Instancia y de Instrucción; algunos provenientes del sector textil, otros de la hostelería o del sector de la alimentación, y todos sin experiencia en una oficina judicial, y muchos de ellos sin haber utilizado un ordenador como herramienta de trabajo.

Por ello, las reformas legales, elaboradas con ligereza y aprobadas a trompicones, no logran solucionar estos problemas; por el contrario, generan más atasco y retraso.

Ese es el caso del mal llamado DESAHUCIO EXPRÉS que, desde su concepción a su último desarrollo, no ha conseguido lo que prometía: desahucios ágiles, rápidos e, incluso, en 10 días, bajo el paraguas de pomposas leyes tituladas: Ley 19/2009, de 23 de Noviembre, de FOMENTO Y AGILIZACIÓN PROCESAL DEL ALQUILER Y DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS; Ley 37/2011, de 10 de Octubre, de MEDIDAS DE AGILIZACIÓN PROCESAL; y Ley 4/2013, de 4 de Junio, de MEDIDAS DE FLEXIBILIZACIÓN Y FOMENTO DEL ALQUILER DE VIVIENDAS.

La realidad es que los juicios tardan igual o más que antes. En mi caso particular, una media de 10-12 meses desde que se presenta la demanda hasta la celebración del Juicio. Más que desahucio exprés, desahucio frío y descafeinado.

Luis M. Garrido.
Abogado.



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